Etiquetas Gastos. Según el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, los locales están obligados a pagar los gastos de comunidad al igual que cualquier otra finca registral independiente, y que forme parte de la comunidad. Los gastos más habituales suelen ser los de limpieza del portal, luz, agua o mantenimiento del ascensor.
Segúnla legislación vigente, tienen derecho a solicitar actuaciones de accesibilidad como instalación de ascensores, rampas y diferentes dispositivos mecánicos las personas propietarias de
. 145 347 9 386 9 323 162 284

no quiero poner ascensor en mi comunidad